Legalidad y seguridad

Que una combinada pague bien carece de importancia si el operador no está autorizado. De ahí que esta sección defina primero quién puede aceptar apuestas.

La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) concede dos licencias, y se precisan ambas: una singular y la general de «Apuestas». Su titular opera bajo un .es y aparece anotado en el registro que la DGOJ mantiene abierto al público; una marca con .com que apunte a España queda fuera del sistema.

Participan solo mayores de 18 años, y el RGIAJ recoge a los autoprohibidos. Quien apuesta sin licencia no recibe sanción, pero allí no cuenta con la protección de la DGOJ.

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